La
Ley de Propiedad Horizontal, a través de su artículo 20, es la que regula la profesión del administrador de fincas. Este debe hallarse en posesión de
titulación y cualificación para abordar múltiples tareas administrativas relacionadas con gestiones diversas, gestiones que siempre han de ser legalizadas para que la comunidad de propietarios inicie su andadura y la continúe en el buen camino.
Cualquier problema surgido en las comunidades es
rápidamente atendido y resuelto por nuestros expertos, colaboradores de un gran equipo que llega a optimizar cualquier aspecto de la administración y de los trámites legales en las comunidades.

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